“Eman at Yazdchi Law was extremely professional, responsive, and supportive at all times. He and his staff exceeded all of my expectations.”
Andrea Dalessandro
✦ Certified Specialist in Workers’ Compensation Law — Certified by the State Bar of California, Board of Legal Specialization ✦
Servimos a trabajadores lesionados en toda California. Especialista certificado, sin cargo a menos que ganemos.
Por Eman Yazdchi, Esq. · Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, State Bar of California Board of Legal Specialization
En California, la ley prohíbe que un empleador despida o discrimine contra un trabajador por presentar un reclamo de compensación laboral. Los remedios incluyen reinstalación, salarios atrasados, un aumento estatutario en la compensación, y costos. Yazdchi Law, un bufete con Especialista Certificado en Derecho de Compensación Laboral, atiende estos casos. Solicite una revisión gratis.
Bajo el Código Laboral §132a, un empleador en California no puede despedir, amenazar con despedir, ni discriminar de ninguna manera contra un trabajador porque presentó o intenta presentar un reclamo de compensación laboral, recibió un premio, o testificó o piensa testificar en el caso de otro trabajador. La ley alcanza despidos, degradaciones, denegación de ascensos, manipulación de horarios, trato hostil y cualquier otra acción adversa de empleo causalmente conectada con el reclamo. El trabajador lesionado tiene la carga inicial de demostrar la acción adversa y la conexión con el reclamo.
El Código Laboral §132a establece remedios estatutarios específicos: reinstalación al puesto anterior; salarios atrasados y beneficios perdidos por el acto discriminatorio; un aumento en la compensación de $10,000; y costos y gastos de hasta $250. El aumento de $10,000 lo paga el empleador, no la aseguradora, y es adicional a la indemnización regular. Una petición §132a se presenta ante la WCAB, no en una corte superior.
Bajo el Código Laboral §132a, una Petición de Discriminación debe presentarse ante la WCAB dentro de un año del acto discriminatorio. El reloj comienza cuando ocurre la acción adversa — típicamente el despido o la degradación — y corre estrictamente. El plazo del §132a es distinto al plazo del reclamo subyacente bajo el Código Laboral §5405 y corre en su propio reloj independiente.
Cuando un empleador de California amenaza con reportar a un trabajador a las autoridades migratorias en represalia por presentar un reclamo, la conducta viola tanto el Código Laboral §132a como el Código Laboral §244. El §244 específicamente prohíbe que un empleador use el estatus migratorio como represalia, y el Código Laboral §3351 confirma que la cobertura se extiende a todo trabajador sin importar el estatus migratorio. El §244 conlleva sanciones adicionales más allá de los remedios del §132a.
Un reclamo bajo el Código Laboral §132a requiere evidencia de la actividad protegida (presentar un reclamo), la acción adversa, y una conexión causal entre ambas. La evidencia común incluye el momento (despido poco después del DWC-1), comunicaciones escritas, evidencia comparativa, y admisiones de supervisores. La ley de California coloca la carga de producir una razón no represaliva sobre el empleador una vez que el trabajador establece un caso prima facie.
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Tap to call →Última revisión por Eman Yazdchi, Esq., mayo de 2026.
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